Desheredar: causas legales, cómo se hace y qué puede hacer el desheredado
Desheredar es quitar la legítima a quien la ley se la reserva. Solo se puede por causas tasadas y en testamento. Te explico cuáles son, qué ha dicho el Tribunal Supremo sobre el maltrato psicológico y cómo se defiende el desheredado.
¿Qué significa desheredar?
Desheredar es privar de su legítima a un heredero forzoso: hijos y descendientes, padres y ascendientes, y el cónyuge viudo (art. 807 CC). No hace falta desheredar a hermanos o sobrinos: no tienen legítima, basta con no dejarles nada en el testamento.
La ley es estricta: la desheredación solo puede tener lugar por alguna de las causas que expresamente señala la ley (art. 848 CC).
¿Cuáles son las causas para desheredar?
| A quién | Causas propias | Además, causas de indignidad del art. 756 CC |
|---|---|---|
| Hijos y descendientes (art. 853 CC) | 1.ª Negar sin motivo legítimo los alimentos al padre o ascendiente. 2.ª Maltratarle de obra o injuriarle gravemente de palabra. | Números 2, 3, 5 y 6 |
| Padres y ascendientes (art. 854 CC) | Perder la patria potestad por las causas del art. 170; negar alimentos a los hijos sin motivo legítimo; atentar uno de los padres contra la vida del otro sin reconciliación. | Números 1, 2, 3, 5 y 6 |
| Cónyuge (art. 855 CC) | Incumplir grave o reiteradamente los deberes conyugales; causas de pérdida de la patria potestad; negar alimentos a los hijos o al otro cónyuge; atentar contra la vida del testador sin reconciliación. | Números 2, 3, 5 y 6 |
Las causas de indignidad del art. 756 CC incluyen, entre otras, las condenas por delitos contra la libertad, la integridad moral o la libertad sexual del causante o de su familia, la acusación falsa de delito grave y obligar al testador con amenaza, fraude o violencia a hacer o cambiar testamento.
¿El maltrato psicológico o la falta de relación permiten desheredar?
El maltrato psicológico, sí. La Sentencia del Tribunal Supremo 258/2014, de 3 de junio, declaró que el maltrato psicológico, como conducta injustificada que lesiona la salud mental del testador, cabe dentro del «maltrato de obra» del art. 853.2.ª CC. La STS 59/2015, de 30 de enero, lo reiteró.
La simple falta de relación, no. La STS 419/2022, de 24 de mayo, aclaró que la falta de relación o el distanciamiento familiar no son, por sí solos, una causa autónoma de desheredación: la ley no la recoge. Solo cuenta si, por sus circunstancias, llega a constituir un verdadero maltrato psicológico imputable al heredero, y hay que probarlo.
Por eso, un «no me visitaba» no basta. Hacen falta hechos concretos, prolongados y demostrables, y que la culpa del distanciamiento sea del desheredado.
¿Cómo se deshereda a alguien?
- En testamento, no de otra forma (art. 849 CC). Lo habitual es el testamento abierto ante notario: el precio lo tienes en cuánto cuesta hacer testamento.
- Expresando la causa legal en que se funda (art. 849 CC), con los hechos que la sostienen.
- Dejando preparada la prueba: si el desheredado niega la causa, la carga de probarla es de los herederos (art. 850 CC), cuando el testador ya no está. Denuncias, sentencias, mensajes, informes médicos o testigos marcan la diferencia.
Los hijos o descendientes del desheredado ocupan su lugar y conservan los derechos de legítima (art. 857 CC). Desheredar a un hijo no evita que sus hijos, tus nietos, reciban esa legítima.
¿Qué puede hacer el desheredado?
Puede impugnar la desheredación en un juicio, negando la causa. Entonces los herederos tienen que probar que era cierta (art. 850 CC). Si la desheredación se hizo sin causa, por una causa no legal o por una que no se prueba, se anula la institución de heredero en cuanto perjudique al desheredado: recupera su legítima, aunque valen el resto de disposiciones del testamento que no la perjudiquen (art. 851 CC).
El Código Civil no fija un plazo específico para esta acción y los tribunales no siempre aplican el mismo. Si te han desheredado, no lo dejes correr: consulta cuanto antes. Los honorarios te los doy por escrito antes de empezar.
¿Hay alternativas a desheredar?
- Reducir al mínimo: dejar al hijo solo su legítima estricta (su parte del tercio de legítima) y repartir el tercio de mejora y el de libre disposición entre los demás (art. 808 CC).
- Donaciones en vida, teniendo en cuenta que se computan para calcular las legítimas.
- Favorecer a un hijo con discapacidad, que la ley permite con reglas propias (art. 808 CC).
Muchas veces no hace falta desheredar para conseguir casi el mismo resultado, y sin el riesgo de pleito.
Preguntas frecuentes
¿Se puede desheredar a un hijo en España?
Sí, pero solo en testamento y por una causa legal expresada en él (arts. 848 y 849 del Código Civil): por ejemplo, negar alimentos al padre sin motivo legítimo o maltratarle de obra o injuriarle gravemente (art. 853).
¿El maltrato psicológico es causa de desheredación?
Sí. El Tribunal Supremo, en la sentencia 258/2014, de 3 de junio, y en la 59/2015, de 30 de enero, lo incluye en el maltrato de obra del artículo 853 del Código Civil.
¿Se puede desheredar a un hijo por no tener relación?
La falta de relación por sí sola no es causa de desheredación (STS 419/2022, de 24 de mayo). Solo si llega a ser un maltrato psicológico imputable al hijo y se prueba.
¿Quién tiene que probar la causa de desheredación?
Los herederos del testador, si el desheredado la niega (art. 850 del Código Civil).
¿Qué pasa si la desheredación no es válida?
El desheredado recupera su legítima: se anula la institución de heredero en lo que le perjudique, pero siguen valiendo el resto de disposiciones del testamento (art. 851 del Código Civil).
¿Los nietos heredan si se deshereda a su padre?
Sí. Los hijos o descendientes del desheredado ocupan su lugar y conservan su derecho a la legítima (art. 857 del Código Civil).
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Contenido informativo revisado por Marta Gallegos Pérez, abogada. No sustituye al asesoramiento sobre tu caso concreto ni crea relación abogada-cliente. Normativa vigente a septiembre de 2026.