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Precios transparentes · 2026

Cuánto cuesta un abogado de herencias (y la herencia entera) en Andalucía

Todo lo que se paga en una herencia, quién lo cobra y según qué norma. Con un ejemplo de números para que no haya sorpresas.

Marta Gallegos Pérez
Marta Gallegos PérezAbogada · Colegiada nº 8376 ICAGR
Actualizado: septiembre de 2026Lectura: 7 min
Respuesta cortaEn Andalucía, una herencia sin conflicto tiene seis costes: honorarios del abogado, notaría (arancel del RD 1426/1989), registro de la propiedad (RD 1427/1989), impuesto de sucesiones (a menudo 0 € entre padres, hijos y cónyuge, gracias a la reducción de 1 millón), plusvalía municipal si hay inmuebles, y certificados de pocos euros.

¿Cuánto cobra un abogado de herencias?

No hay un arancel oficial para los abogados: cada despacho fija sus honorarios. Lo que sí puedes (y debes) exigir es un presupuesto por escrito antes de empezar. En el mercado se ven tres fórmulas: precio cerrado por tipo de herencia, un porcentaje del valor heredado o una tarifa por horas.

Yo trabajo con precio cerrado, porque te permite saber desde el principio cuánto vas a pagar y no penaliza que la herencia valga más. Orientativamente:

Tipo de herenciaQué incluyeHonorarios orientativos
Con testamento y acuerdoCertificados, inventario, cuaderno particional, escritura, impuesto de sucesiones, plusvalía, registrose dan por escrito antes de empezar
Sin testamento y con acuerdoTodo lo anterior + declaración de herederos ante notariose dan por escrito antes de empezar
Solo impuesto de sucesionesValoración, reducciones y modelo 650se dan por escrito antes de empezar
Renuncia a la herenciaAnálisis de deudas, escritura de renuncia, comunicaciónse dan por escrito antes de empezar
Con conflicto entre herederosNegociación, legítimas, vía judicial si hace faltaSegún caso, presupuesto por fases

Los honorarios de abogado llevan IVA (21 %).

¿Cuánto cuesta la notaría en una herencia?

Los notarios cobran por un arancel público: el Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre. No es negociable al alza y todas las notarías aplican la misma escala. En una herencia puede haber hasta tres documentos notariales:

  • Acta de declaración de herederos, solo si no hay testamento.
  • Escritura de aceptación y adjudicación de herencia: la principal. Se calcula sobre el valor de lo que se adjudica, con una escala decreciente (a más valor, menor porcentaje), y se suman los folios y las copias.
  • Escritura de renuncia, si algún heredero renuncia.

Lo que más encarece la factura de notaría no es tanto el valor como el número de fincas, herederos, folios y copias. Pide presupuesto a la notaría antes de firmar: tiene que aplicar el arancel oficial.

¿Y el Registro de la Propiedad?

Si hay inmuebles, hay que inscribirlos a nombre de los herederos. El registrador cobra por el arancel del Real Decreto 1427/1989, también por escala sobre el valor de cada finca, con un mínimo y un máximo por finca. La factura del Registro detalla cada concepto del arancel.

¿Qué impuestos se pagan en una herencia?

Impuesto de sucesiones (Junta de Andalucía)

Lo paga cada heredero por lo que recibe, con el modelo 650. En Andalucía, los hijos, nietos, cónyuge y padres (grupos I y II) tienen una reducción de 1.000.000 € sobre la base (art. 28 de la Ley 5/2021 de Tributos Cedidos de Andalucía), así que la mayoría de herencias en línea directa pagan 0 € o muy poco. Hermanos, sobrinos y tíos (grupo III) sí tributan: calcúlalo en el simulador del impuesto de sucesiones o lee la guía completa del impuesto.

Plusvalía municipal

Si hay inmuebles urbanos, el ayuntamiento donde están cobra el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos (arts. 104 a 110 TRLHL). Lo paga quien hereda el inmueble, y depende de los años que lo tuvo el fallecido y del valor catastral del suelo. Puede ser cero si no hubo ganancia. Todo el detalle, con los ayuntamientos de Granada, en la guía de la plusvalía municipal en herencias.

Ojo a los plazos: 6 meses desde el fallecimiento para el impuesto de sucesiones y para la plusvalía. Presentar tarde conlleva recargos (art. 27 de la Ley General Tributaria) que pueden costar más que el propio abogado.

Certificados y tasas

DocumentoDóndeCoste
Certificado de defunciónRegistro CivilGratuito
Certificado de últimas voluntadesMinisterio de Justicia (tasa 790-006)3,86 €
Certificado de contratos de seguros de fallecimientoMinisterio de Justicia (tasa 790-006)3,86 €
Copia autorizada del testamentoNotaría donde se otorgóArancel notarial (RD 1426/1989)
Nota simple de cada inmuebleRegistro de la Propiedad9,02 € + IVA por internet (registradores.org)
Tasación de inmuebles (opcional)TasadoraPrecio libre

Ejemplo: cuánto cuesta heredar la casa de los padres en Granada

Dos hermanos heredan de su madre, viuda, con testamento: un piso en Armilla con valor de 150.000 € y 30.000 € en el banco. Cada uno recibe 90.000 €.

ConceptoNormaImporte aproximado (total)
Impuesto de sucesionesLey 5/2021 Andalucía (art. 28), reducción de 1 M€ por heredero0 €
Certificados de últimas voluntades y segurosTasa 790-0067,72 €
Notaría: escritura de herenciaRD 1426/1989Según arancel: valor, folios y copias
Registro de la PropiedadRD 1427/1989Según arancel y valor de la finca
Plusvalía municipal (Ayto. de Armilla)TRLHL arts. 104-110Según años y valor catastral
Honorarios de abogada (precio cerrado)Presupuesto escritose dan por escrito antes de empezar

Si los herederos fueran sobrinos en vez de hijos, el impuesto de sucesiones ya no sería cero: pruébalo en el simulador cambiando el parentesco.

¿Qué es la provisión de fondos y qué incluye?

Es un adelanto que se entrega al empezar para cubrir gastos de terceros que el despacho paga en tu nombre: tasas de certificados, notas simples, copias y, si se acuerda, los pagos a notaría y registro. No es un coste extra: al final recibes la liquidación con cada factura y se devuelve lo que sobra.

  • Sí incluye: tasas, certificados, notas simples, gastos de envío, y lo que acordemos adelantar a notaría o registro.
  • No incluye: el impuesto de sucesiones ni la plusvalía, que se pagan directamente desde la cuenta de cada heredero o del fallecido.

Preguntas frecuentes

¿Quién paga los gastos de la herencia?

Los herederos, normalmente en proporción a lo que recibe cada uno. El impuesto de sucesiones lo paga cada heredero por su parte, y la plusvalía municipal quien recibe el inmueble. Los gastos comunes (notaría, registro, abogado) suelen repartirse según las cuotas, salvo que acordéis otra cosa.

¿Se pueden pagar los gastos con el dinero del fallecido?

Los bancos pueden permitir pagar el impuesto de sucesiones con cargo a las cuentas del fallecido, y es habitual pagar así los gastos del entierro. Para otros pagos conviene esperar a la escritura: disponer del dinero antes puede considerarse aceptación de la herencia.

¿La primera consulta es gratis?

Escríbeme y te lo confirmo antes de reservar. En cualquier caso, antes de encargarme nada tendrás un presupuesto cerrado por escrito.

¿Cuánto cobra el notario por una herencia?

El notario cobra según el arancel oficial del Real Decreto 1426/1989, que depende del valor de lo que se hereda y del número de folios y copias. En una herencia media con una vivienda y cuentas, la factura total de notaría suele moverse entre unos cientos de euros y algo más de mil, IVA incluido.

¿Es obligatorio contratar abogado para una herencia?

No, si todos están de acuerdo y no hay pleito. Sí es obligatorio para la división judicial de la herencia. Aun sin obligación, un abogado suele ahorrar más de lo que cuesta al aplicar bien las reducciones del impuesto y evitar errores en el reparto.

Para sumar impuestos, notaría, registro y plusvalía de tu caso, usa la calculadora de gastos totales de una herencia.

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Contenido informativo revisado por Marta Gallegos Pérez, abogada. No sustituye al asesoramiento sobre tu caso concreto ni crea relación abogada-cliente. Importes orientativos; los aranceles y tasas pueden actualizarse. Normativa vigente a septiembre de 2026.