La legítima: cuánto te corresponde de una herencia y cómo reclamarla
Lo que la ley reserva a hijos, padres y viudo, con ejemplos en euros, cuándo se puede desheredar y qué hacer si no te la respetan.
¿Qué es la legítima?
Es la parte de la herencia que la ley reserva obligatoriamente a ciertos familiares, los herederos forzosos (art. 806 CC). El testador no puede dejársela a otros salvo desheredación justa. Andalucía no tiene derecho civil propio, así que se aplica el Código Civil.
¿Cómo se reparte? Los tres tercios
Si hay hijos o descendientes, la herencia se divide en tres tercios (art. 808 CC):
| Tercio | Para quién |
|---|---|
| Legítima estricta | Todos los hijos a partes iguales |
| Mejora | Uno o varios hijos o descendientes, a elección del testador (y sobre él recae el usufructo del viudo) |
| Libre disposición | Quien quiera el testador |
¿Quiénes son legitimarios y cuánto les toca?
| Legitimarios | Legítima | Artículo |
|---|---|---|
| Hijos y descendientes | 2/3 de la herencia (1/3 estricta + 1/3 mejora) | 808 |
| Padres y ascendientes (sin descendientes) | 1/2; 1/3 si concurren con el viudo | 809 |
| Cónyuge viudo con hijos | Usufructo de 1/3 | 834 |
| Cónyuge viudo con ascendientes | Usufructo de 1/2 | 837 |
| Cónyuge viudo solo | Usufructo de 2/3 | 838 |
Los hermanos no son legitimarios: con testamento, pueden no recibir nada.
¿Cómo se calcula? Las donaciones cuentan
La legítima no se calcula solo con lo que queda al morir: se suma el valor de las donaciones hechas en vida (art. 818 CC, la llamada computación). Si un padre donó en vida un piso a un hijo, ese valor se suma para calcular las legítimas y, en principio, se imputa a la legítima de ese hijo (colación, art. 1035), salvo que el padre lo dispensara.
En algunos supuestos la legítima puede pagarse en metálico (arts. 841 y siguientes, desde la reforma de 1981). Y desde la Ley 8/2021, el art. 808 permite que, si algún hijo tiene discapacidad, el testador le deje también la legítima estricta de sus hermanos. Salvo que el testador diga otra cosa, esos bienes quedan gravados con una sustitución fideicomisaria de residuo a favor de los hermanos afectados, y el hijo que impugne ese gravamen tiene que probar que no hay causa que lo justifique.
¿Se puede desheredar a un hijo?
Solo por causas tasadas en la ley y expresadas en testamento (art. 849 CC). Para los hijos (art. 853): negar alimentos al padre sin motivo legítimo, maltratarle de obra o injuriarle gravemente de palabra, y las causas de indignidad del art. 756. El Tribunal Supremo (sentencias de 3 de junio de 2014 y 30 de enero de 2015) ha admitido el maltrato psicológico, incluido el abandono emocional grave y continuado, como maltrato de obra.
Si el hijo desheredado niega la causa, los demás herederos deben probarla (art. 850). Si no se prueba, la desheredación es injusta y el hijo recupera su legítima (art. 851).
¿Cómo se reclama la legítima?
- Preterición (el testamento omite a un legitimario): arts. 814 y siguientes.
- Complemento de legítima si recibiste menos de lo que te toca (art. 815).
- Reducción de donaciones o legados inoficiosos que perjudican la legítima (arts. 817 y 820).
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la legítima de los hijos?
Dos tercios de la herencia: un tercio de legítima estricta que se reparte por igual entre todos los hijos y un tercio de mejora que el testador puede asignar a uno o varios descendientes.
¿Los hermanos tienen derecho a legítima?
No. Los hermanos no son herederos forzosos: si hay testamento, pueden no recibir nada. Solo heredan por ley si no hay testamento, descendientes, ascendientes ni cónyuge.
¿Qué le corresponde al viudo de legítima?
Un usufructo: de un tercio si hay hijos, de la mitad si concurre con los padres del fallecido y de dos tercios si no hay ni unos ni otros.
¿Se puede desheredar a un hijo por no hablarse con él?
No por sí solo. Hace falta una causa legal y probada. El Tribunal Supremo admite el maltrato psicológico, incluido el abandono emocional grave y continuado imputable al hijo, pero no el simple distanciamiento.
¿Las donaciones en vida afectan a la legítima?
Sí. Se suman al caudal para calcular la legítima y, si la perjudican, pueden reducirse. Las hechas a un hijo se imputan en principio a su legítima.
¿Qué hago si el testamento no me deja mi legítima?
Puedes reclamar el complemento de legítima o la reducción de las disposiciones que la perjudiquen, primero negociando con los herederos y, si no, en el juzgado.
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Contenido informativo revisado por Marta Gallegos Pérez, abogada. No sustituye al asesoramiento sobre tu caso concreto ni crea relación abogada-cliente. Normativa vigente a septiembre de 2026.