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Trámites · Plusvalía municipal

Plusvalía municipal al heredar en Granada: cuánto cobra cada municipio

Heredar la misma casa no cuesta lo mismo en un pueblo que en el de al lado. La plusvalía la fija cada ayuntamiento en su ordenanza, y nadie los tiene reunidos. Aquí están los 171 municipios de Granada con dato oficial.

Marta Gallegos Pérez
Marta Gallegos PérezAbogada · Colegiada nº 8376 ICAGR
Actualizado: septiembre de 2026Lectura: 7 min
Respuesta cortaEl tipo lo fija cada ayuntamiento y no puede pasar del 30 % (art. 108.1 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales). En la provincia de Granada, a 30 de septiembre de 2025, 70 de los 171 municipios con dato aplican el 30 % y 40 no cobran el impuesto. En la zona de Padul va del 21 % al 30 %.

¿Cuánto cobra de plusvalía mi municipio?

La plusvalía municipal —su nombre oficial es Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana— la regula el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004). La ley fija el marco, pero el tipo de gravamen lo decide cada ayuntamiento en su ordenanza fiscal, con un techo del 30 % (art. 108.1).

Esto es la zona donde atiendo, ordenada de menos a más caro. El dato es a 30 de septiembre de 2025:

MunicipioTipo de gravamen
Albuñuelas21 %
Valle (El)21 %
Dúrcal22 %
Monachil23 %
Cájar27 %
Padul27 %
Alhendín30 % máximo legal
Armilla30 % máximo legal
Churriana de la Vega30 % máximo legal
Cúllar Vega30 % máximo legal
Dílar30 % máximo legal
Gabias (Las)30 % máximo legal
Granada30 % máximo legal
Gójar30 % máximo legal
Huétor Vega30 % máximo legal
Lecrín30 % máximo legal
Nigüelas30 % máximo legal
Ogíjares30 % máximo legal
Vegas del Genil30 % máximo legal
Villa de Otura30 % máximo legal
Villamena30 % máximo legal
Zubia (La)30 % máximo legal
En Albuñuelas, Valle (El) el tipo es del 21 % y en Granada capital del 30 %. Sobre la misma base imponible, la diferencia es de más de un tercio de la factura. No es una opinión: son dos ordenanzas distintas.

Los 171 municipios de Granada con dato oficial

Ordenados alfabéticamente. Si tu municipio no aparece es que no consta su tipo en la fuente, no que no cobre el impuesto: pregunta en tu ayuntamiento.

MunicipioTipo de gravamen
Agrón16 %
Alamedilla0 % no lo cobra
Albolote30 % máximo legal
Albondón18 %
Albuñol27 %
Albuñuelas21 %
Albuñán0 % no lo cobra
Aldeire0 % no lo cobra
Alfacar30 % máximo legal
Alhama de Granada27 %
Alhendín30 % máximo legal
Alicún de Ortega30 % máximo legal
Almegíjar0 % no lo cobra
Almuñécar26 %
Alpujarra de la Sierra0 % no lo cobra
Alquife30 % máximo legal
Arenas del Rey15 %
Armilla30 % máximo legal
Atarfe30 % máximo legal
Baza13 %
Beas de Guadix0 % no lo cobra
Benalúa30 % máximo legal
Benalúa de las Villas0 % no lo cobra
Benamaurel20 %
Bubión0 % no lo cobra
Busquístar30 % máximo legal
Bérchules15 %
Cacín16 %
Calahorra (La)30 % máximo legal
Calicasas25 %
Campotéjar0 % no lo cobra
Caniles30 % máximo legal
Capileira0 % no lo cobra
Carataunas30 % máximo legal
Castilléjar17 %
Castril18 %
Cenes de la Vega30 % máximo legal
Chauchina25 %
Chimeneas20 %
Churriana de la Vega30 % máximo legal
Cijuela0 % no lo cobra
Cogollos de Guadix30 % máximo legal
Cogollos de la Vega25 %
Colomera0 % no lo cobra
Cortes de Baza25 %
Cortes y Graena0 % no lo cobra
Cuevas del Campo30 % máximo legal
Cádiar30 % máximo legal
Cájar27 %
Cástaras0 % no lo cobra
Cáñar0 % no lo cobra
Cúllar30 % máximo legal
Cúllar Vega30 % máximo legal
Darro0 % no lo cobra
Dehesas Viejas30 % máximo legal
Dehesas de Guadix30 % máximo legal
Deifontes15 %
Diezma0 % no lo cobra
Domingo Pérez de Granada30 % máximo legal
Dílar30 % máximo legal
Dólar0 % no lo cobra
Dúdar30 % máximo legal
Dúrcal22 %
Escúzar20 %
Ferreira0 % no lo cobra
Fonelas25 %
Fornes20 %
Freila0 % no lo cobra
Fuente Vaqueros30 % máximo legal
Gabias (Las)30 % máximo legal
Galera27 %
Gobernador16 %
Gorafe30 % máximo legal
Granada30 % máximo legal
Guadahortuna20 %
Guadix27 %
Guajares (Los)30 % máximo legal
Gualchos25 %
Gójar30 % máximo legal
Güejar Sierra30 % máximo legal
Güevéjar30 % máximo legal
Huélago29 %
Huéneja16 %
Huéscar30 % máximo legal
Huétor Tájar30 % máximo legal
Huétor Vega30 % máximo legal
Huétor de Santillán20 %
Iznalloz30 % máximo legal
Jayena0 % no lo cobra
Jerez del Marquesado0 % no lo cobra
Jete0 % no lo cobra
Jun30 % máximo legal
Juviles0 % no lo cobra
Játar20 %
Lanjarón30 % máximo legal
Lanteira30 % máximo legal
Lecrín30 % máximo legal
Lentegí0 % no lo cobra
Lobras0 % no lo cobra
Loja15 %
Lugros0 % no lo cobra
Láchar30 % máximo legal
Lújar23 %
Malahá (La)25 %
Maracena27 %
Marchal30 % máximo legal
Moclín30 % máximo legal
Molvízar30 % máximo legal
Monachil23 %
Montefrío27 %
Montejícar30 % máximo legal
Montillana30 % máximo legal
Moraleda de Zafayona20 %
Morelábor0 % no lo cobra
Motril25,5 %
Murtas0 % no lo cobra
Nevada30 % máximo legal
Nigüelas30 % máximo legal
Nívar25 %
Ogíjares30 % máximo legal
Orce17 %
Otívar0 % no lo cobra
Padul27 %
Pampaneira0 % no lo cobra
Pedro Martínez30 % máximo legal
Peligros30 % máximo legal
Peza (La)0 % no lo cobra
Pinar (El)0 % no lo cobra
Pinos Genil30 % máximo legal
Pinos Puente30 % máximo legal
Polopos30 % máximo legal
Polícar0 % no lo cobra
Puebla de Don Fadrique30 % máximo legal
Pulianas30 % máximo legal
Purullena30 % máximo legal
Píñar0 % no lo cobra
Pórtugos30 % máximo legal
Quéntar30 % máximo legal
Rubite0 % no lo cobra
Salar25 %
Salobreña17 %
Santa Cruz del Comercio16 %
Santa Fe0 % no lo cobra
Soportújar30 % máximo legal
Sorvilán16 %
Taha (La)30 % máximo legal
Torre-Cardela30 % máximo legal
Torrenueva Costa0 % no lo cobra
Torvizcón0 % no lo cobra
Trevélez25 %
Turón0 % no lo cobra
Ugíjar18 %
Valderrubio23 %
Valle (El)21 %
Valle del Zalabí30 % máximo legal
Vegas del Genil30 % máximo legal
Ventas de Huelma26 %
Villa de Otura30 % máximo legal
Villamena30 % máximo legal
Villanueva Mesía20 %
Villanueva de las Torres15 %
Válor15 %
Vélez de Benaudalla30 % máximo legal
Víznar25 %
Zafarraya30 % máximo legal
Zagra10 %
Zubia (La)30 % máximo legal
Zújar20 %
Íllora18 %
Ítrabo20 %
Órgiva30 % máximo legal

¿Por qué cambia tanto de un pueblo a otro?

Porque es un impuesto potestativo: el ayuntamiento decide si lo establece y con qué tipo, dentro del techo legal. Un municipio pequeño con pocas transmisiones al año puede no compensarle gestionarlo; uno con presión urbanística tiende al máximo.

De los 171 municipios con dato, 70 aplican el 30 %, que es el techo que permite la ley. Es la opción más repetida con diferencia.

Y hay una segunda variable que esta tabla no recoge: los coeficientes por años de tenencia y las bonificaciones por herencia entre padres, hijos y cónyuge, que cada ordenanza fija por su cuenta y que pueden llegar al 95 % (art. 108.4 del mismo texto). Dos municipios con el mismo 30 % pueden acabar cobrando cantidades muy distintas.

¿Qué municipios de Granada no cobran plusvalía?

En estos no consta tipo de gravamen, es decir, no tienen establecido el impuesto:

Alamedilla, Albuñán, Aldeire, Almegíjar, Alpujarra de la Sierra, Beas de Guadix, Benalúa de las Villas, Bubión, Campotéjar, Capileira, Cijuela, Colomera, Cortes y Graena, Cástaras, Cáñar, Darro, Diezma, Dólar, Ferreira, Freila, Jayena, Jerez del Marquesado, Jete, Juviles, Lentegí, Lobras, Lugros, Morelábor, Murtas, Otívar, Pampaneira, Peza (La), Pinar (El), Polícar, Píñar, Rubite, Santa Fe, Torrenueva Costa, Torvizcón, Turón.

Que hoy no se cobre no significa que no se vaya a cobrar nunca: es una decisión del pleno y puede cambiar de un año para otro. Entre 2023 y 2025, varios municipios de la provincia lo establecieron por primera vez.

¿Cómo se calcula la plusvalía, además del tipo?

Desde la reforma del Real Decreto-ley 26/2021 —que respondió a la sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021— hay dos formas de calcular la base y se puede elegir la que salga más baja:

  • Objetiva: valor catastral del suelo × un coeficiente según los años que se tuvo el inmueble.
  • Real: la diferencia entre el valor de adquisición y el de transmisión, en la parte que corresponde al suelo.

Y si no hubo incremento de valor, no se paga: hay que probarlo con las escrituras. Sobre la base que resulte se aplica el tipo de la tabla de arriba. El plazo en una herencia es de seis meses desde el fallecimiento, prorrogables otros seis si se pide dentro de ese plazo.

Te lo explico entero, con ejemplo, en la guía de la plusvalía municipal en una herencia. Y si quieres la cuenta completa de lo que cuesta heredar, tienes la calculadora de gastos de una herencia.

¿De dónde sale este dato y qué no te dice?

Los tipos son los que publica el Observatorio Tributario Andaluz con datos del Ministerio de Hacienda, referidos a 30 de septiembre de 2025, difundidos por el Organismo de Gestión Tributaria de Málaga.

Tres advertencias honestas. Primera: es una recopilación, no la ordenanza; para un caso concreto manda lo que diga la ordenanza vigente de ese ayuntamiento. Segunda: el dato es de 30 de septiembre de 2025 y un pleno puede haberlo cambiado después. Tercera: aquí solo está el tipo de gravamen, no los coeficientes ni las bonificaciones, que es donde se juega buena parte de la factura. Úsalo para hacerte una idea, no para presentar una autoliquidación.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el tipo máximo de plusvalía municipal?

El 30 %. Lo fija el artículo 108.1 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales y ningún ayuntamiento puede superarlo. En la provincia de Granada, 70 de los 171 municipios con dato aplican ese máximo.

¿Qué pasa si mi municipio no cobra plusvalía?

Que no hay que presentar ni pagar ese impuesto por esa herencia. Son 40 municipios en la provincia de Granada. Conviene confirmarlo en el ayuntamiento, porque es una decisión del pleno y puede cambiar.

¿La plusvalía se paga aunque la casa se herede y no se venda?

Sí. Heredar es una transmisión y el impuesto se devenga con el fallecimiento. El plazo es de seis meses, prorrogables otros seis si se solicita dentro de ese plazo.

¿Y si la casa vale menos que cuando la compraron?

No se paga. Desde la sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021 y el Real Decreto-ley 26/2021, si no hay incremento de valor el impuesto no se devenga, pero hay que probarlo con las escrituras de adquisición y transmisión.

¿Hay bonificaciones por herencia entre familiares?

Cada ayuntamiento puede establecer una bonificación de hasta el 95 % para transmisiones por causa de muerte a favor de cónyuge, descendientes y ascendientes (art. 108.4). No es automática: depende de la ordenanza y casi siempre hay que pedirla.

¿Dónde se paga la plusvalía de una casa heredada?

En el ayuntamiento donde está el inmueble, no donde vivía el fallecido ni donde viven los herederos. Si la herencia tiene casas en varios municipios, se presenta en cada uno.

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Contenido informativo revisado por Marta Gallegos Pérez, abogada. No sustituye al asesoramiento sobre tu caso concreto ni crea relación abogada-cliente. Normativa vigente a septiembre de 2026.